ARTICULO 32°.- Son funciones de la Sub Dirección de Promoción del Empleo, Formación
Profesional y de la Micro y Pequeña Empresa.
a) Dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones de empleo, formación
profesional y de la Micro y Pequeña Empresa en el marco de la competencia funcional
que le son asignadas.
b) Hace cumplir las normas generales y reglamentarias, procedimientos y directivas
técnicas en materia de empleo, formación profesional y micro y pequeña empresa,
vigilar el cumplimiento de las normas y directivas técnicas en materia de Promoción
del Empleo y Formación Profesional y Capacitación para el Trabajo.
c) Controlar y supervisar la ejecución de los Programas de Empleo y Formación
Profesional y de la Micro y Pequeña Empresa, promoción y conducción de la
prestación de los servicios que le corresponda brindar con criterio de seguridad,
celeridad y oportunidad.
d) Proponer el perfeccionamiento de los instrumentos normativos internos emitidos para
la adecuada ejecución de la política y normatividad en materia de empleo, formación
profesional, brindar asesoramiento empresarial especializado a la micro y pequeña
empresa, inscripción de Empresas Especiales de Servicios y Cooperativas de
Trabajadores, que cumplan con los requisitos establecidos en el Registro Nacional de
Empresas y Entidades que realizan actividades de Intermediación Laboral (Ley N°
27626 o norma que lo sustituya).
e) Coordinar y concertar el desarrollo de planes, programas y actividades regionales y
locales en materia de empleo, formación profesional y micro y pequeña empresa, asícomo de los convenios de formación laboral juvenil y practicas pre – profesionales, que celebren las empresas con los jóvenes y practicantes.
f) Promover en el ámbito regional la conformación o el fortalecimiento de instancias de
coordinación y concertación como las mesas comités o consejos que involucren a las
instituciones públicas y privadas con el desarrollo departamental en materia de
empleo, formación profesional y micro y pequeña empresa.
g) Diseñar, proponer y ejecutar programas y proyectos de promoción del empleo,
formación profesional, micro y pequeña empresa y de nuevos emprendimientos en el
ámbito regional, según las directivas establecidas por las Direcciones Nacionales.
h) Proponer convenios y alianzas estratégicas con instituciones públicas y privadas en
materia de empleo, formación profesional y micro y pequeña empresa que tenga
como objeto el cumplimiento de las funciones de la Dirección Regional.
i) Cumplir otras funciones que le asigne el Director de Promoción del Empleo, Formación
Profesional y de la Micro y Pequeña Empresa.